Laconvocatoria de las Juntas la har谩 el presidente y, en su defecto, los promotores de la reuni贸n, con indicaci贸n de los asuntos a tratar, el lugar, d铆a y hora en que se celebrar谩 en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practic谩ndose las citaciones en la forma establecida en el art铆culo 9 de la LPH. La convocatoria contendr谩
Siquieres remover al presidente de tu comunidad de vecinos, tendr谩s que convocar una reuni贸n en la que asistan el vicepresidente y al menos el 25% de propietarios. En esta reuni贸n se podr谩 elegir un nuevo presidente o bien tomar medidas legales si se sospecha que el presidente cesado ha cometido alg煤n delito.
Resumen La presidencia convoca las reuniones de la junta de propietarios. En caso de vacante, inactividad o negativa de la presidencia, puede convocar la reuni贸n la vicepresidencia o, en caso de vacante, inactividad o negativa de esta, los propietarios que promueven la reuni贸n de acuerdo con el art铆culo 553-20.2. . 89 50 300 448 90 418 365 488